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Sobre la conferencia y por qué de la misma.

Sobre la conferencia y por qué de la misma.

 

La asociación Hirigoyen lleva asistiendo más de veinte años a personas afectadas de acoso laboral y otros riesgos psicosociales derivados de incorrectas condiciones de trabajo. En este tiempo ha ido adquiriendo una experiencia y perspectiva del fenómeno y de las terribles consecuencias que para la salud el mismo genera. En cumplimiento del compromiso adquirido por Hirigoyen de colaborar en  la divulgación de esta problemática, erradicación de esta lacra y promover centros de trabajo como espacios seguros y libres de todo tipo de violencia, la Asociación se ve en la necesidad de hacer estas jornadas centradas en la profunda preocupación que genera el aumento significativo de casos de daño psicológico ligado a la laboralidad y a las trabas administrativas y jurídicas que en la práctica día a día se debe enfrentar el afectado, para ejercer y salvaguardar sus derechos, le coloca en ocasiones en una posición de indefensión y en otras dificultan/entorpecen el ejercicio de dichos derechos, situando de facto a este colectivo en una posición desfavorable (discriminatoria) en relación los afectados por accidentes laborales, con lesiones físicas.

 

 

Sobre los puntos de la conferencia

 

  1. I.Trataremos de visibilizar la relevancia del daño psicológico derivado del acoso y otros riesgos psicosociales y su aumento significativo siendo un numero relevante de los procesos del Incapacidad temporal, muchos de ellos con secuelas relevantes e incluso suicidios en sus formas más graves. Este fenómeno no ha pasado desapercibido para instancias internacionales y nacionales que están mostrando dicha preocupación y adaptando sus normativas pendientes de desarrollo. 

 

  1. II.Abordaremos el profundo impacto que tiene en el afectado haber pasado por un proceso de esta naturaleza, normalmente sufriendo un daño psicológico con un diagnóstico de trastorno ansioso depresivo, que a veces cursa con somatización física en diferentes formas (alopecia, algias, afectación del sistema inmunológico y un largo etc.) procesos repetitivos de Incapacidad temporal, algunos de ellos de larga duración, que pueden de  dejar secuelas e incluso disminuir su capacidad de trabajo de manera permanente, y que acaba afectando a todos los órdenes de su vida: personal, familiar, social, etc…

 

III.- Es necesario dar voz a quienes han sufrido en primera persona esta situación para entender la relevancia y el impacto que produce una experiencia traumática como esta, por eso creemos que es importante contar con un testimonio que bajo la experiencia directa refleje la entidad real del problema y humanice los datos porque detrás de cada número hay una persona con nombre y apellidos…con una vida, una familia y un entorno que se ven afectados.

 

IV.- Desde la Asociación es necesario exponer y denunciar que existe un sistema legal que en su conjunto no está dando respuesta adecuada a estas circunstancias. Las leyes, los conceptos y los derechos en principio están sustancialmente reconocidos, pero las víctimas de acoso, a diferencia de otros colectivos, deben enfrentarse a trabas de todo tipo que unido a la situación psicológica en la que se encuentra y a la dificultad de acreditación de los hechos, acaban por dificultar mucho el ejercicio de sus derechos (reflejado en bajos porcentajes de éxito judicial).

 

Es necesario analizar el papel que todos estamos jugando para tener una visión en conjunto de cómo funciona el sistema de protección para este colectivo:

 

-El tratamiento restrictivo de las IT derivadas de daño psicológico para considerarlas como accidentes laborales que obliga a solicitar el cambio de contingencia para que se declare como accidente laboral

 

-La inhibición en muchos casos de la Inspección de trabajo, sin investigar realmente los supuestos de acoso y sin desplegar la actividad de sus criterios técnicos

 

-la falta de preparación de las empresas para gestionar estos supuestos y su conflicto de intereses al instruir los protocolos de acoso y que se han convertido en un puro mecanismo de exculpación. Se niega la mayor, nada es acoso, porque si lo es …puedo ser responsable.

 

 

-La falta de medios de la seguridad social para dar asistencia sanitaria a este colectivo, y atender a sus especificidades

 

-la desincentivación por parte de los sindicatos y otros abogados/as para reclamar, 

 

-la visión claramente restrictiva de los juzgados y la falta de medios de éstos para atender debidamente estos supuestos.

 

-desconocimiento técnico generalizado del fenómeno (Pluralidad de actos que solamente el estudio en conjunto muestra su relevancia) de sus consecuencias (daño psicológico).

 

-falta de sensibilidad generalizada hacia el fenómeno y las personas con daño psicológico, siempre bajo la sospecha de la simulación.

 

 

 No obstante, posiblemente por la dimensión del problema, existen indicios de que algo está cambiando poco a poco:

 

-El porcentaje de éxito judicial, aun siendo bajo ha mejorado.

 

-La preocupación existente está generando una serie de normativa cuyo impacto está por valorarse, y que abre nuevas formas de actuación y defensa:  

 

Convenio 190 OIT ratificado por España sobre la violencia y acoso en el trabajo, que amplía el concepto de acoso y obliga a adoptar normativa que lo desarrolle pendiente actualmente

 

 Ley 15/2022 sobre la discriminación que declarar nulos los actos que pueda ser calificados como tal por ejemplo los despidos durante las bajas laborales, y que ha empezado a dar las primeras sentencias 

 

Ley 2/2023 que obliga a establecer en las empresas de más de 50 trabajadores un canal de denuncias y protege contra las represalias a los informantes (denunciantes)

 

 

V.- La asociación quiere aportar su grano de arena en la solución y erradicación de esta lacra promoviendo la creación de espacios seguros de trabajo, libres de toda violencia, para lo cual creemos que es necesario una reflexión generalizada de los actores que permita la defensa efectiva de este colectivo en términos de igualdad. Nuestras propuestas son:

 

1-Desarrollo normativo del Convenio 190 OIT

 

2-Campañas de sensibilización y visibilización del problema global para la creación de espacios de trabajo seguros.

 

3.- Formación y especialización en materia de riesgos psicosociales: empresas, juzgados, etc.

 

  1. 4.Inspección de trabajo: 

-Aplicación efectiva de los criterios técnicos ya existentes sobre acoso laboral y riesgos psicosociales, con verdadera investigación de los hechos.

-Adopción nuevo criterio técnico Convenio 190 OIT

-Desarrollo de un plan de actuación pormenorizado, con acciones concretas de control, investigación y sanción en su caso, previstas en el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2024-2026.

 

5.- Finalización de la visión restrictiva del daño psicológico como contingencia laboral en casos de IT, con cambio normativo y jurisprudencial.

 

6- Asistencia sanitaria que atienda a las especialidades para este colectivo.

 

7.- En el marco de las Empresas: protocolos de acoso ejecutados o al menos controlados por organismos externos e independientes que la objetividad y corrección del proceso, práctica de pruebas y conclusiones finales, con capacidad para imponer medidas incluso contra la propia dirección de la empresa.

 

8- Juzgados:

-participación activa del ministerio fiscal en procedimientos de tutela de derechos fundamentales 

-liberación de medios y tiempo para poder atender debidamente estos asuntos de máxima exigencia. Con el número de casos que tiene que gestionar un juzgado, los asuntos de acoso generan una tensión de tiempos y esfuerzo que juega en contra del demandante.

 

 

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